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miércoles, 5 de agosto de 2015

Fallo del Juzgado Quinto Administrativo de Descongestión ordena que la EMAB asuma prestación del servicio de aseo en toda la ciudad de Bucaramanga


Prensa / Alcaldía de Bucaramanga
El Alcalde Luis Francisco Bohórquez celebró el reciente fallo emitido por el juzgado Quinto Administrativo de Descongestión del circuito judicial de Bucaramanga a favor de la Empresa Municipal de Aseo, en el cual declara que el Contrato 048 -celebrado en octubre de 2010 con el operador Proactiva Chicamocha- vulnera los derechos e intereses colectivos y de patrimonio público, y ordena que la EMAB, como entidad pública, asuma la prestación del servicio de aseo en toda la ciudad.

“Es una muy buena decisión judicial, que da respaldo al proceso de fortalecimiento financiero de la EMAB, la cual deberá asumir el cubrimiento a los diferentes sectores de la ciudad, asegurando -al mismo tiempo- la sostenibilidad financiera de la empresa”, explicó el Mandatario Luis Francisco Bohórquez, al recordar que el servicio público de recolección deberá prestarse en las mejores condiciones, y para ello “la empresa pública de aseo deberá establecer de inmediato un plan de acción”.

Luis Francisco Bohórquez - Alcalde de Bucaramanga, sobre el fallo a favor de la EMAB.

Fallo a favor de la EMAB es una victoria
para el Alcalde Luis Francisco Bohórquez

Prensa / Alcaldía de Bucaramanga
El Gerente de la EMAB, Samuel Prada señaló que esta decisión de la justicia constituye un importante logro de la Alcaldía de Bucaramanga y la Empresa de Aseo de Bucaramanga y comprueba que la Contraloría tenía razón, y que el contrato era completamente lesivo para el patrimonio público de la ciudad.

Recordó, que en marzo de 2014 la EMAB reconoció ante los medios de comunicación los problemas del contrato 048 y cómo atentaba contra la moralidad administrativa y patrimonio público.

“Esta es una victoria para el alcalde de Bucaramanga, Luis Francisco Bohórquez, quien desde el primer momento estuvo acompañándonos en este proceso. Después de las instrucciones impartidas por él, iniciamos la enorme tarea de reunir las pruebas para lograr la defensa de lo público, sanear financieramente a la empresa, buscar las pruebas junto al equipo jurídico, y hoy encontramos este fallo en primera instancia como una luz al final del túnel”, explicó el Gerente de la EMAB.

Y concluyó: “Agradecemos a la justicia que haya hecho este análisis. Queremos ser prudentes en advertir que este es un fallo en primera instancia; habrá que esperar que se cumpla el fallo en segunda instancia para que finalmente quede en firme la decisión. Pero queremos asegurar que dada la instrucción estamos en capacidad de operar en toda la ciudad.Agradecemos a la Contraloría por haber iniciado este proceso de acción popular  que hoy arroja una decisión que le da a la ciudad y a los trabajadores de la EMAB una luz de esperanza frente al futuro de nuestra compañía”.

Samuel Prada Cobos, gerente de la EMAB

EMAB aportó la ‘prueba reina’

Cabe recordar que a raíz de una acción popular interpuesta por la Contraloría Municipal contra  la Empresa de Aseo de Bucaramanga, por la celebración de este contrato, la EMAB argumentó que podía existir una nulidad procesal y emprendió, desde junio de 2012, los trámites necesarios para solicitar al juez que notificara a la empresa Proactiva, para vincularla a la demanda.

Desde entonces, la EMAB comenzó un trabajo exhaustivo en la recopilación de pruebas que permitieran dar con la verdad y evidenciar las irregularidades cometidas, a través de la referida relación contractual.

Desde el punto de vista probatorio, lo que permitió que se diera el fallo fue la  prueba reina aportada por la Empresa de Aseo de Bucaramanga, que daba cuenta de un modelo financiero en el que se demostraba que, la forma en la que había sido celebrado el contrato, violaba un principio de la contratación estatal que es el de la planeación contractual, producto de la remuneración establecida en dicho contrato.

Dicha remuneración indicaba que sobre el 56% de los clientes que tiene la EMAB, la Empresa de Aseo de Bucaramanga recibía sólo un 2.5% por concepto de tarifas, mientras que el operador privado recibía un 95.5%. Esta circunstancia, sin ningún amparo de planificación, fue lo que permitió que se tomara hoy una decisión en relación con el contrato 048.

La EMAB, en cabeza de su gerente general Samuel Prada Cobos, manifestó en sus alegatos de conclusión que se habían violado los derechos colectivos. Teniendo en cuenta que no es muy común ver que una empresa como la EMAB, revisar de primera mano el tema  para encontrar  estas irregularidades.

Cabe resaltar que este fallo en primera instancia ordena compulsar copias a la procuraduría provincial para indagar en la conducta de quienes intervinieron en la firma del contrato 048 con Proactiva.

Prensa EMAB / Alcaldía de Bucaramanga

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