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miércoles, 24 de septiembre de 2014

Decálogo de una alimentación saludable según la OMS


1 - CONSUMA ALIMENTOS VARIADOS Y NUTRITIVOS A DIARIO: Todos los días coma frutas, verduras, cereales integrales, leguminosos, lácteos bajos en grasa, carnes magras y huevos.

2 - CON MENOR GRASA, MEJOR SE PASA: prefiera alimentos asados, cocidos o al vapor, sin usar aceite, manteca ni mantequilla. Prefiera el aceite de oliva, canola o girasol.

3 - APUÉSTELE A 3 FRUTAS DIARIAS: las frutas aportan energía, fibra, vitaminas y minerales que mejoran su digestión.

4 - DESCUBRA LA AVENTURA DE LA VERDURA: hay verdes, amarillas y rojas. Dos al día frescas o cocidas potencian su salud y metabolismo.

5 - EVITE EL CONSUMO DE BEBIDAS AZUCARADAS: cambie los postres azucarados por fruta, cambie las gaseosas y refrescos por agua y jugos sin azúcar agregada.

6 - DÍGALE ADIÓS AL SALERO: evite agregar sal a las comidas ya servidas y retire el salero de la mesa.

7 - PREFIERA ALIMENTOS INTEGRALES: pan, tostadas, arroz, cereal, avena y pasta. Llenan de energía, mejoran la digestión y regulan la absorción de nutrientes.

8 - CAMINE 10.000 pasos al día.

Marco legal de la lucha contra la obesidad

Ley 1355 de 2009, por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención.

ARTÍCULO 20. DÍA DE LUCHA CONTRA LA OBESIDAD Y EL SOBREPESO Y LA SEMANA DE HÁBITOS DE VIDA SALUDABLE.  Declárese el 24 de septiembre como el Día Nacional de Lucha contra la Obesidad y el Sobrepeso y su correspondiente semana como la semana de hábitos de vida saludable.

La obesidad como una enfermedad crónica de Salud Pública, la cual es causa directa de enfermedades cardiacas, circulatorias, colesterol alto, estrés, depresión, hipertensión, cáncer, diabetes, artritis, colon, entre otras, todos ellos aumentando de manera considerable la tasa de mortalidad de los colombianos.

Las determinaciones establecidas en esta ley serán aplicables a las entidades y organizaciones del Estado en los planos nacional y territorial, responsables de promover los ambientes sanos, la actividad física, la educación, la producción y la distribución de alimentos; así como a las entidades encargadas de la prestación y la garantía de los servicios de salud y los sectores de transporte, planeamiento y seguridad vial.

Serán beneficiarios de esta ley la población colombiana, en especial los grupos vulnerables.
Ley 1355 2009 Obesidad - Gorditos de Corazón:


Shirley Peña Pabón / Prensa y Comunicaciones / Secretará de Salud y Ambiente

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