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jueves, 31 de octubre de 2013

A partir de hoy -jueves 31 de octubre- y durante el puente festivo, se restringe el tránsito de motos por vías de la ciudad


Foto: Archivo: Alcaldia de Bucaramanga
Con el fin de reducir  la accidentalidad vial de los motociclistas, que en los años 2011 y 2012  se  incrementó durante la fiesta de celebración del día de los niños, las autoridades  restringirán  el tránsito de motocicletas desde este 31 de octubre y durante todo el puente festivo, es decir, viernes -1 de noviembre-, sábado -2 de noviembre-, domingo -3 de noviembre- y lunes -4 de noviembre-.

Según la resolución N° 579 de 2013, expedida por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga,  los motociclistas  no podrán transitar por las vías de la ciudad desde las 12:00 de la noche de este jueves 31 de octubre hasta las 4:00 de la mañana del viernes 1 de noviembre de 2013.

Vale aclarar, que  durante  el fin de semana y el  puente festivo,  es decir, los días  viernes, sábado, domingo y lunes, la restricción rige desde las 11:00 de la noche hasta las 4:00 de la mañana, en cumplimiento de lo establecido en el decreto 0131 de  2012

Se exceptúan de la medida las motocicletas que se encuentren al servicio de la Policía Nacional, fuerzas militares, Inpec, cuerpos de investigación, autoridades de tránsito, organismos de socorro y de servicios hospitalarios y de urgencia.

Foto: Suministrada / Alcaldia de Bucaramanga
De igual manera, se exime de la restricción,  las motocicletas destinadas  a prestar servicios de prensa y comunicación debidamente identificados, así como los servicios de escolta, seguridad privada y servicios públicos domiciliarios y las  destinadas al servicio de transporte de empleados, mensajería de empresas debidamente inscritas y registradas en la Cámara de Comercio y que laboren en los horarios de la prohibición.

Es importante  resaltar, que los conductores de motocicleta de servicios privados como mensajería, seguridad, entrega de domicilios y similares no podrán transitar con parrillero.

Según advierte la disposición, quienes infrinjan la medida serán sancionados  con multa equivalente a 15 SMDLV,  además de la inmovilización del vehículo.

LEER PDF: Resolución N° 579 del año 2013, de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga.

Más información: www.transitobucaramanga.gov.co/

Tránsito Cultura Vial / Prensa / Alcaldía de Bucaramanga

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