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martes, 28 de mayo de 2013

El 5 de junio Bucaramanga celebrará el Día Mundial del Medio Ambiente y no circularán los carros particulares


Foto: Carolina Muñoz Moreno / Alcaldia de Bucaramanga
El alcalde Luis Francisco Bohórquez firmó el decreto municipal 0092 del 27 de mayo de 2013, mediante el cual se ordenan las restricciones de circulación de vehículos automotores de servicio particular, entre las 7:00 de la mañana y las 7:00 de la noche, de esa fecha establecida para celebrar el Día Mundial del Medio Ambiente.

La parte resolutiva del Decreto Municipal 0092, dice:

ARTICULO SEGUNDO: Prohíbase la circulación de vehículos automotores en el Municipio de Bucaramanga el día 5 de junio de 2013, desde las 7:00 am hasta las 7:00 pm.

PARAGRAFO: Conforme lo estipulado en el artículo sexto del Acuerdo N° 037 de 2012, están exentos de la aplicación de esta medida:

“- Vehículos que atienden emergencias como ambulancias, camiones de bomberos, defensa civil, equipos logísticos para atención de rescates y siniestros y aquellos que prestan atención médica personalizada.

- Vehículos de transporte escolar, con los permisos debidamente autorizados y legalizados.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.

- Vehículos de transporte de alimentos perecederos, los cuales quedan sometidos a horarios de cargue y descargue establecidos en el municipio de Bucaramanga.

- Vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional, DAS, Transito de Bucaramanga, Cuerpos oficiales Armados (CTI, SIJIN, INPEC) y vehículos adscritos a la Rama Judicial y Ministerio Publico.

- Vehículos asignados al cuerpo diplomático.

- Vehículos con blindaje tres o superior.

- Vehículos destinados al control del tráfico, grúas y carros talleres o de asistencia técnica debidamente identificados.

- Vehículos acondicionados para ser conducidos por personas discapacitadas y aquellos que desplacen pacientes en razón de tratamientos vitales.

- Vehículos acreditados de transporte de valores.

- Vehículos destinados al transporte público y masivo de pasajeros en el municipio de Bucaramanga.

- Vehículos recolectores de Basura, autorizados para prestar servicio en el Municipio de Bucaramanga, cumpliendo con las disposiciones vigentes en materia de cargue y/o descargue.

- Vehículos con capacidad de carga menor o igual a cinco (5) toneladas que porten el logo del nombre de la empresa y que sean utilizados para el reparto de mercancías.  En todo caso, seguirán vigentes las restricciones para el transporte de carga.

- Carrozas fúnebres y su respectivo cortejo, el cual deberá contar con el acompañamiento de la autoridad de Transito.

- Vehículos pertenecientes a empresas de vigilancia y seguridad privada, identificados permanentemente como tales.

- Vehículos destinados al servicio de escoltas del orden municipal, Departamental y Nacional.

- Vehículos oficiales que realicen trabajo logístico  en la jornada del día sin carro, entre otros.

- Los vehículos que hacen tránsito por la ciudad, provenientes de otras ciudades diferentes al municipio de Bucaramanga, debiendo estos utilizar los corredores viales establecidos por la Dirección de Transito de Bucaramanga”.


Foto: Archivo / Alcaldia de Bucaramanga
ARTICULO TERCERO: El Instituto de Recreación y Deporte de Bucaramanga (Inderbu), el Instituto Municipal de Cultura y la Secretaria de Salud y Ambiente promoverán durante la jornada, acciones lúdicas, culturales, recreativas y pedagógicas de sensibilización a la comunidad en pro del  ambiente, conforme lo establecido en el artículo tercero del Acuerdo Municipal N° 037 de 2012.

ARTICULO CUARTO: El Director de Tránsito, en su calidad de Secretario Técnico del Comité de seguimiento de esta medida, institucionalizado conforme lo estipula el artículo cuarto del Acuerdo N° 037 de 2012, preparará un informe de los resultados de esta medida, el cual se publicará en la página web de la entidad territorial y se presentará al Honorable Concejo Municipal.  Este informe expondrá las actividades integrantes de la estrategia educativa y pedagógica para la conmemoración del día mundial del Medio Ambiente, así como los comparativos de la disminución en la emisión de gases efecto invernadero, material particulado y reducción de la contaminación auditiva.

ARTICULO QUINTO: El no acatamiento de lo aquí previsto, se sancionará conforme a lo dispuesto en el Código Nacional de Tránsito.

ARTICULO SEXTO: El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Para recordar:

El Día Mundial del Medio Ambiente fue establecido por la Asamblea General de Naciones Unidas, en su Resolución (XXVII) del 15 de diciembre de 1972 con la que se dio inicio a la Conferencia de Estocolmo, Suecia, cuyo tema central fue el Ambiente. Se celebra el 5 de junio, desde 1973.

Decreto en PDF
Oficina Asesora de Prensa / Alcaldía de Bucaramanga

1 comentario:

  1. Buenas tardes y por qué no están incluidas las motos, en la ciudad hay motos demasiado contaminantes parecen cafeteras. Apoyo la iniciativa pero debería ser para todo incluso las motos y es fundamental vincular al area metropolitana.

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